7 oct 2013

"Pilares de Referencia para la Enseñanza de Lenguas Indígenas" - Documento de Trabajo Elisa Loncon y Silvia Castillo



Parte fundamental del trabajo de la Red por los Derechos Lingüísticos y Culturales de los Pueblos Indígenas de Chile se ha centrado en analizar y proponer estrategias para la transmisión de las lenguas ya sea en espacios formales como los programas educativos en los colegios o informales como los espacios en organizaciones y otras instituciones.

Esa preocupación es en gran parte la inspiración de los fundadores de la red y uno de los principales focos de su trabajo, dado que el tema metodológico y de adquisición de lenguas no es algo menor y puede contribuir o al revés afectar gravemente los procesos de aprendizaje.
Pero más allá de eso, es una preocupación también política, en cuanto la mantención de la vigencia de la lengua es estratégica en la lucha por las reivindicaciones de los derechos de los pueblos indígenas.

En esa linea, dos de las investigadoras asociadas a esta red, las académicas Elisa Loncon y Silvia Castillo elaboraron el documento "Pilares de Referencia para la Enseñanza de Lenguas Indígenas" que se uso de base para la discusión en el reciente "Encuentro de Especialistas en Lenguas Indígenas", celebrado el pasado viernes  04 de octubre en la Universidad Cardenal Silva Henríquez

En el documento se plantea el desafío: "Si logramos revitalizar las lenguas, seremos los pueblos los que escribiremos nuestras historias, sistematizaremos las culturas, los saberes tradicionales. Nuestro anhelo es que el capítulo más significativo de la diversidad lingüística cultural en este siglo y en este país  sea escrito por nuestros pueblos,  abriendo  el camino de respeto a los derechos humanos en sus lenguas;  a las nuevas generaciones; niños y adolescentes serán quienes orgullosos de su cultura y lengua iluminen el futuro de sus pueblos a partir de los saberes de sus ancestros, en un mundo moderno, bilingüe, con lenguas indígenas multifuncionales. Entonces la responsabilidad que cae en los actuales hablantes y no hablantes de las lenguas indígenas no es menor; las nuevas generaciones, como los ancianos cifran sus esperanzas en cada uno de nosotros, para la mantención de la lengua y la cultura".

Acá el link para descargar el documento completo


Un niño que sueña con ser longko: Documental TVN



 Ayer partió la segundo temporada  de “Con qué sueñas”  serie documental de TVN con 16 nuevas historias y sueños de niños a lo largo y ancho de todo el país. 

El primer capítulo de este domingo estuvo centrado en Libko Pereira Manquepi un niño perteneciente a la Comunidad Pehuenche de Butalelbun en Alto Bío Bío. Es una localidad cercana a la frontera y se verá cómo LIBKO (agua pura de la vertiente) debe caminar media hora al día para ir a su escuela donde además de los ramos tradicionales aprende sobre la cultura mapuche y se comunica en “chedungun”,  una variante del mapudungun pewenche, como forma de fomentar y valorar sus tradiciones.  
“Yo soy mapuche pewenche, un hombre libre. Los mapuche somos muy fuertes, somos de sangre negra, no de fuerza músculo sino de fuerza espiritual” sostiene Libko quien a sus 9 años sueña con ser Lonko cuando grande.
Acá el link para ver el documentalhttp://www.tvn.cl/player/play/?id=875187

Culminó Encuentro con Especialistas en lenguas indígenas




Este viernes 4 de octubre, en las dependencias de la Universidad Silva Henríquez (General Jofré 462), se realizó el Encuentro de Especialistas en lenguas indígenas, que  tuvo por objetivo central la discusión del estado actual de la enseñanza de las lenguas originarias a partir de la experiencia de sabios, profesores de Educación Intercultural Bilingüe (EIB) investigadores de saberes ancestrales y lingüistas indígenas, con miras a discutir las bases de un Marco Referencial para la Enseñanza de las Lenguas Indígenas en Chile. El evento fue convocado por la Red de Derechos lingüísticos de los pueblos indígenas de Chile.

Este evento viene a culminar un trabajo de tres años, considerando el diagnóstico levantado en el “Primer Encuentro de Estudiantes de lenguas indígenas” (2011) y en el “Encuentro de Educadores Tradicionales” (2012).

En dicha actividad participarán especialistas sabios tradicionales, autodidáctas, académicos, investigadores, de origen aymara, quechua, rapanui y mapuche, entre los que destacan Elías Ticona, Julia Yucra, María Isabel Lara Millapan, Julio Aotus, Clara Antinao, Margarita Calfio Héctor Mariano.

En el evento también estuvieron presentes los poetas Maria Huenuñir, Maribel Mora Curriao y Jaime Huenun.


El programa del evento fue el siguiente.

PROGRAMA

ENCUENTRO DE ESPECIALISTAS EN LENGUAS INDÍGENAS
“Hacia la construcción de un Marco Común de Referencia
para la enseñanza de las lenguas indígenas en Chile”


09:00 – 09:15:            Rogativa
09:15 - 09:30:            Palabras de bienvenida: Elisa Loncon, Universidad de Santiago-
 RED EIB CHILE
 Palabras de representante de UCSH
09:35 – 10:00:            Exposición Marco de Referencia

10:00 – 10:30:            Presentación de antecedentes: Primer Encuentro de estudiantes

(2011) y Encuentro de Educadores Tradicionales (2012)
10:30 – 10:45:            Café
10:45 – 11:00:            Presentación metodología de trabajo
11:00 – 13:30:            Mesas de trabajo: Reflexión en torno a la construcción del Marco Común de Referencia de las lenguas indígenas en Chile
13:30 - 14:45:            Almuerzo
14:45 – 16:30:            Mesas de trabajo: Propuesta de nivelación
16:30 – 16:45:            Café.
16:45 – 18:00:            Plenaria.
18:00 – 19:00:            Cierre (presentación artística)

1 sept 2013

Lanzamiento Campaña de TV por la valorización de la diversidad cultural y las lenguas indígenas.



El día 06 de Septiembre, 2013  de 11-13 hrs. en la Sala Cine CENI -USACH (Las Sophoras175. Estación Central)  se realizará el Lanzamiento de la Serie Documental Lenguas Indígenas de Chile, una serie que resalta la belleza y valor de las lenguas indígenas.

La Red EIB, Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de los Pueblos Indígenas de Chile, a partir de la realización del Primer Congreso de la Lenguas Indígenas de Chile, en Julio 2010, entre cuyas principales conclusiones acuerda la necesidad  de visibilizar las lenguas y culturas de los pueblos originarios del país, ha creado la CAMPAÑA PÚBLICA POR LA VALORIZACIÓN DE LA DIVERSIDAD CULTURAL EN CHILE Y POR EL AUMENTO DEL PRESTIGIO SOCIAL DE LAS LENGUAS INDÍGENAS, COMO DE SU USO PÚBLICO.

Con la campaña se busca generar impacto en la sociedad sobre la importancia de las lenguas indígenas para la mantención de los conocimientos y valores de los pueblos y también para contribuir al reconocimiento del multilingüismo y de la pluriculturalidad presente en el país. Se trata de una campaña de comunicación basada en la producción de seis videos, para ser difundidos por canales de TV  por cable,  canales comunitarios y regionales de TV abierta, además de la distribución en formato DVD e Internet vía redes sociales.

Esta iniciativa, se hace posible gracias al financiamiento de UNESCO Santiago, el patrocinio de la Universidad de Santiago de Chile y la participación de la productora Visualarte – Centro de producción Audiovisual.

DESCRIPCIÓN DE LOS PROGRAMAS

Los programas mayoritariamente son hablados en las respectivas lenguas indígenas, aymara, yagan, mapudungun y rapanui, con sub-titulaje al español. La música es original, compuesta especialmente para la serie.

Los guiones y libretos fueron realizados en conjunto con los personajes de los videos y las locaciones fueron grabadas en los espacios socioculturales de los protagonistas. Los personajes son cultores de las lenguas y de los saberes de sus pueblos respectivos, con presencia pública y medial, destacados por sus obras y que reconocen su pertenencia a un pueblo originario. Cada uno de ellos destaca su orgullo por pertenecer al pueblo indígena, la experiencia de no perder el vínculo con sus ancestros, con los mayores, con la tradición, con las nuevas generaciones. Enfatizan además el valor de la lengua y la cultura se sus pueblos, incentivan el aprendizaje, difusión, desarrollo y enseñanza de las mismas.

El Lanzamiento se realiza con el apoyo de la Vicerrectoría Académica de Vinculación con el Medio y del Centro Intercultural Rangin Wenumapu del Departamento de Educación, ambos de la Universidad de Santiago.


LAS CAPSULAS DE VIDEOS.

MAPUCHE DUNGUN - La palabra
Teresa Panchillo, poeta mapuche
http://youtu.be/fPkBLCT5Js8

MAPUCHE ÜLKANTUN - La música
Genaro Antilao, Orquesta de Niños Mapuche Tirua
http://youtu.be/0m2oRRI-1KY

MAPUCHE WIRIN - La imagen
Eduardo Rapiman, pintor mapuche
http://youtu.be/_PfPgHtAXDs


AYMARA - EL MUNDO ANDINO
Rosa Quispe Wanka, artista ymara
http://youtu.be/kj-sgujaxyc

YAGAN - LOS CONFINES DEL MUNDO
Cristina Calderón, última hablante yagan

RAPANUI - EL OMBLIGO DEL MUNDO
Enrique Ika - Juan Pakomio, Grupo Tautanga

Lugar: Sala Cine CENI, USACH, Las Sophoras175 (e/ El Belloto y Portales). EAO Usach
Fecha: 06 de Septiembre, 2013 . Hora 11-13 hrs.

(Contacto: Elisa Loncon Antileo, 81562851)

9 ago 2013

Día Histórico: El Mapudungun es lengua oficial en Galvarino



El día 07 de agosto será recordado como un día histórico para el mapudungun, para  el pueblo mapuche y en particular para la comuna de Galvarino. En esta fecha el Alcalde Fernando Huaiquil Paillal, con la votación y aprobación  unánime de los concejales, aprobó decreto de co-ofialización del idioma, por petición del Consejo Territorial Mapuche. 

Con la aprobación y promulgación de la ordenanza municipal, el  mapudungun será lengua co-oficial junto al castellano. Su uso se priorizará en las interacciones con las comunidades y personas pertenecientes al pueblo Mapuche, sin perjuicio que también se fomentará el uso entre personas no indígenas que quieran hacerlo.

La ordenanza municipal, como lo han dicho las comunidades, asigna un carácter legal a una realidad ya existente, donde el mapuzugun es hablado por  alrededor del 60% de la población y es la lengua formal con la que la mayoría de la gente mapuche,  establece los acuerdos en reuniones, ceremonias y en el uso cotidiano. La co-oficialización es también el resultado de diferentes esfuerzos, entre ellos, de la  Red por los Derechos Educativos de los Pueblos indígenas de Chile, del Consejo Territorial Mapuche de la Comuna de Galvarino y el Partido Mapuche en formación Wallmapuwen.

La Ordenanza Municipal establece que,

1.   La co-oficalización regirá en toda la comuna de Galvarino,  principalmente en los espacios públicos y en órganos del Estado, privados que trabajen con recursos públicos,  y en especial en las comunicaciones con comunidades  mapuche.
2.   Será obligatorio el fomento del Idioma mapudungun en dependencias municipales y en las instituciones educativas, de salud, de desarrollo comunitario y en general en todas las políticas pública vinculadas con las comunidades indígenas.
3.   La I. Municipalidad fomentará la revitalización del idioma mapudungun por medio de programas específicos y con recursos económicos propios, o los obtenidos mediante convenios suscritos con otras instituciones estatales o internacionales. Para tales efectos, la Municipalidad de Galvarino reconoce legalmente la Comisión de oficialización del Mapudungun, cuya misión es dar seguimiento a las políticas de revitalización lingüística municipal y destinará recursos económicos para las diversas acciones de revitalización del presupuesto municipal anual o Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO).
4.   Todas las instituciones públicas y privadas de la comuna, y las personas en general,  están obligadas a respetar los derechos lingüísticos de las comunidades y personas mapuches e indígenas.
5.   Queda prohibida la apropiación de la propiedad intelectual de los conocimientos tradicionales indígenas en su expresión verbal, escrita, gráfica,  de diseños y toponimias y demás expresiones culturales, sin el consentimiento libre previo  e informado de los indígenas, en los términos del convenio 169 y de la Declaración de ONU de los Derechos de los Pueblos Indígenas.
6.    Se sancionará conforme a las leyes vigentes,  la discriminación negativa  a las personas por su condición indígena, así mismo, la manipulación de la imagen de las personas, comunidades y pueblo en los medios de comunicación y otros soportes gráficos.
7.   Las inobservancias al Decreto serán de competencia del  Juzgado de Policía Local, quien previa denuncia  o querella del particular, sancionará a dicho establecimiento o personas,  con multas de hasta 20 UF a beneficio municipal  y que será destinado a la revitalización lingüística de la Comuna.

En adelante, Galvarino ya no es la comuna más aislada del sur del país; sino aquella que con su propio proyecto de desarrollo bilingüe e intercultural establece una relación de intercambio y de solidaridad con la región, el país y el mundo, a partir de su lengua ancestral, sus conocimientos y valores, enriqueciendo con ello la diversidad cultural, la comunicación intercultural y el diálogo en la diferencia. Con la Co-oficializacion del mapudungun, la Comuna de Galvarino se pone a la cabeza de comunidades humanas del siglo XXI, que respeta los derechos humanos, lingüísticos y culturales de todas las personas que co-existen en un mismo espacio territorial y construye su futuro transformando las diferencias culturales en un valor agregado a su desarrollo.

Con la co-oficialización las comunidades han expresado la firme voluntad que el mapudungun abarque además de los espacios de la tradición cultural como las ceremonias, su uso en el hogar, en todos los espacios públicos que antes fueron sólo del castellano, entendiendo que el valor de la lengua está en los hablantes y en el uso que ellos y ellas dan a su lengua. No se trata de igualar el mapudungun con el castellano, ni de que las lenguas entren en competencia y que ahora el mapudungun sea mejor a otras lenguas. Ninguna lengua es superior a otra, todas son iguales en cuanto sirven para comunicarse. Significará   la presencia del  idioma en el discurso oral y en los textos escritos (documentos, oficios, cartas, formularios y otros); lo que además requiere de la adopción de un alfabeto, el uso de traductores e intérpretes y de hablantes que participen de la normalización escrita de la lengua.

Sin dudas, los hablantes nativos de mapudungun serán los protagonistas, los principales actores del proceso de revitalización, que enseñen y usen  la lengua en todos los espacio posibles, y promuevan la lealtad lingüística con el ejemplo; la lealtad lingüística de los hablantes será decisiva en el proceso, pero también es necesario y fundamental contar con personas con habilidades interculturales principalmente no mapuche,  que valoren las raíces, la memoria, los conocimientos indígenas, como también personas mapuche que superen la autonegación, el desconocimiento del valor de su lengua e identidad.

Por otro lado, la co-oficialización del mapudungun excepcionalmente empalma con la política del Estado sobre la aplicación del Sector de lengua indígena y de formación de educadores tradicionales, todas las escuelas (urbanas y rurales) superan ampliamente el 20% de matrícula indígena exigido para el MINEDUC y en la comuna hay agentes educativos, vecinos y vecinas que necesitan que se les apoye en su perfeccionamiento como educadores tradicionales, como interpretes y traductores, quienes también piden que se respeten y consideren las formas propias de enseñar su lengua y las relaciones interculturales verdaderas.

Como lo dijeran las comunidades en su momento “no vamos a esperar que el Estado nos vaya dando educación intercultural a medias, sino que tomaremos nuestro destino en nuestras manos”, la co-oficialización del idioma mapuche en Galvarino es parte de  una microrevolución que nació desde las comunidades y es un gran ejemplo de autogestión, de autonomía,  que bien pueden seguir otras comunas del wallmapu.

Nuestro reconocimientos a las comunidades y autoridades originarias de Weke mawiza, Nilpe, Catrinao Bajo Percan, Pangueco Soto Lincoñir, Mateo Caniupil, Manuel Ñankuleo de Triftrifko, Manuel Ñankuleo de Triftrifko, Trawvnkillem, Repucura Entukol, Pedro Lincoñir de los Temus, entre otras.

Finalmente, ciframos esperanzas que la decisión adoptada por el alcalde y el concejo municipal de Galvarino de Co-oficializar el Idioma Mapudungun en el ejercicio de la autonomía municipal, sea un incentivo para que otros municipios de la VIII, IX y X región adopten medidas idénticas, en especial aquellas comunas donde el uso del idioma mapudungun es el idioma cotidiano como la Comuna de Ralco, en Alto Bio Bio, Lumaco, Puerto Saavedra, Curarrehue y muchas otras.

Marichi wew pu lamgen!

Wüñoweftuley tayiñ mapudugun.

Red por los derechos educativos y lingüísticos de los pueblos indígenas de Chile.

Fotografia: I. Municipalidad de Galvarino




29 jul 2013

Propuestas de la red para una nueva institucionalidad educativa intercultural bilingüe



DEMANDAS EDUCATIVAS, LINGÜÍSTICAS CULTURALES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS PARA COMISIÓN DE REFORMA EDUCACIONAL .


PRESENTACIÓN

Esta propuesta asume que el actual programa intercultural bilingüe (PEIB) impulsado por el MINEDUC y CONADI,  no da abasto para implementar los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas en el sistema educativo, ni para desarrollar el bilingüismo, y menos  para implementar “interculturalidad para todo el país”, debido a múltiples dificultades.  Aunque se valora positivamente la creación de la asignatura de lengua indígena y su inserción curricular, es necesario fortalecer su  implementación en las escuelas, para el cual se debe disponer de los recursos materiales, económicos permanentes, y de los recursos humanos especializados en materia bilingüe e intercultural que orienten y den seguimiento al programa en las escuelas bilingües en los diferentes pueblos indígenas.

Entre los problemas que se identifican tenemos: a) la ausencia de profesores formados con el enfoque intercultural, b) falta de educadores con competencias pedagógicas para trabajar en el aula,  c) falta de profesores de lenguas indígenas conocedores de métodos de enseñanza de las lenguas (materna y segunda lengua), d) falta de técnicos curriculistas, lingüistas, y recursos humanos especializados, entre otros. Por otro lado el PEIB, excluye a un segmento indígena importante (los urbanos) y a la sociedad nacional.

Estudios realizados del programa en zonas urbanas (Valdés, 2013) constatan que los avances de la EIB sólo inciden en la variable de convivencia escolar, que en los cursos donde se implementa el enfoque hay menos bullying a los niños indígenas, pero que no hay avances en conocimiento de las lenguas indígenas. Tampoco el PEIB ha incidido en el cambio de la política educativa culturalmente asimilacioncita, los niños chilenos continúan discriminando a los indígenas y las culturas no tienen valor en el programa.  Así mismo, otros estudios realizados en zonas donde se enseñan las lenguas indígenas, llaman la atención porque persiste el enfoque de enseñanza basado en la traducción de palabras (Quidel, 2011). Es imposible hablar una lengua aprendiendo sólo palabras,  sin  adquirir el sistema lingüístico de la lengua (conocimientos gramaticales). Esta situación refleja la falta de especialización de los recursos humanos encargados de implementar el programa.

Por otro lado,  faltan políticas específicas de recuperación lingüística para las lenguas más vulneradas (likan antay, diaguita, yagan, selknam, kawescar) y el sistema educativo debe atender a las demandas de los pueblos indígenas y del movimiento estudiantil que proponen que la interculturalidad en la educación sea para todos, un sistema transversal.

Avanzar en la revitalización de las lenguas indígenas requiere de una política lingüística que respalde jurídica e institucionalmente las lenguas, establezca las zonas bilingües en los territorios indígenas y potencie la especialización de recursos humanos, que además diseñen estrategias para el diálogo intercultural en todo el sistema educativo.
LA PROPUESTA

Considerando que los derechos educativos, culturales y lingüísticos de los pueblos indígenas forman parte de los derechos humanos fundamentales y que el sistema educativo ha vulnerado estos derechos de manera sistemática en la historia de Chile.

Asumiendo que, la educación intercultural es un sistema recomendado por las Naciones Unidades para profundizar la democracia y el mejoramiento de la calidad educativa, principalmente para los pueblos indígenas y migrantes, porque el aprendizaje es exitoso cuando se realiza en la lengua materna, pero también cuando se contextualiza en el medio, en la cultura y mundo de los niños.

Que, nuestro país y su sistema educativo necesitan con urgencia hacerse cargo de la diversidad cultural que caracteriza a la sociedad chilena del S. XXI,  para formar a las nuevas generaciones con competencias que conduzcan a valorar la diversidad, de caras a la globalización y a la protección del patrimonio pluricultural de la sociedad chilena actual. Las lenguas indígenas están desapareciendo, como ocurre con el patrimonio cultural del país debido a la falta de políticas.

Que, los pueblos indígenas de Chile se han organizado en torno a la defensa de sus derechos lingüísticos y a la revitalización de las lenguas, demandando espacios públicos para sus usos, en la educación, los Medios, en los municipios, entre otros.

En este sentido, las políticas educativas, de los pueblos indígenas de Chile para un futuro gobierno deben fundarse sobre una base de respeto a los derechos humanos fundamentales y de Reconocimiento de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, consignados en el Convenio 169 de la OIT y en la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, y que deberán traducirse en:

a)     La constitucionalización de los Pueblos indígenas de Chile y su reconocimiento como naciones pre-existentes (en una Nueva Constitución) porque la actual tiene una serie de trabas que impiden el reconocimiento y ejercicio de los derechos territoriales, políticos, educativos culturales y lingüísticos. Así mismo, garantizar estos derechos a todas las y los niños indígenas de Chile, principalmente, reconocer la co-oficialidad de las lenguas indígenas habladas en el territorio nacional, para su valoración, enseñanza y desarrollo.

b)     Representación de los pueblos indígenas en el Ministerio de Educación y en el Consejo Nacional de Educación, para que los pueblos participen de la toma de decisión en materias de políticas públicas educativas y en el ámbito económico y  curricular.

c)     Legislar los Derechos Educativos y lingüístico de los Pueblos Indígenas de Chile, acogiendo el modelo de Ley de Derechos Lingüísticos acordados por los pueblos indígenas en el Segundo Congreso de las Lenguas Indígenas.

d)     Crear una nueva institucionalidad educativa que asuma la educación intercultural para todos los chilenos y bilingüe intercultural para los indígenas, considerando que el actual Programa de EIB –MINEDUC, es superado por la realidad y necesidad de los pueblos, ha accionado con un enfoque ruralista, vulnera los derechos lingüísticos, no direcciona políticas interculturales para la educación general y superior. El 70% de la población indígena vive en la ciudad y no es atendida conforme a sus derechos; la enseñanza de la lengua indígena hoy se implementa sobre la base de una presencia indígena sobre el 20% y esta no es la realidad de la ciudad ni de los pueblos que en su totalidad alcanzan a un poco mas del 10% a nivel nacional; la política educativa nacional sigue siendo nonocultural.

e)     El actual programa tampoco cuenta con el respaldo político jurídico institutucional que garantice los recursos económicos para implementar las acciones de un sistema intercultural y bilingüe; por lo tanto no basta un reconocimiento constitucional sin reconocer los derechos colectivos.
LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD EDUCATIVA INTERCULTURAL BILINGÜE

Deberá asumir el reto de la reparación de los derechos vulnerados a los pueblos indígenas, y corregir las políticas de asimilación cultural, de discriminación lingüística,  racistas y de desconocimiento de los pueblos indígenas en la sociedad chilena. Este tendrá que promover la enseñanza de los conocimientos, valores, historias de los pueblos indígenas, rescatar los aportes que los pueblos han hecho al país, entre otros. En este sentido la política educativa chilena deberá ser INTERCULTURAL PARA TODOS LOS CHILENOS, para promover el diálogo entre las diferentes culturas, una nueva epistemología del conocimiento, que supere la forma de construir los saberes de la sociedad dominante, e incorpore el saber de los pueblos, sus historias, memorias, culturas.

La CALIDAD de la educación pública, además de subir los estándares educativo de los jóvenes indígenas debe dignificar a las y los niños indígenas respetando sus derechos y fortaleciendo su identidad. Garantizar el acceso al sistema facilitando becas a los estudiantes indígenas (discriminación positiva)

En materia especifica, esta nueva institucionalidad deberá ser creada bajo decreto en el MINEDUC, que complemente al actual Decreto 280, sobre la asignatura indígena, para ampliar la educación bilingüe a todos los niños indígena y la interculturalidad para todos los chilenos.

Esta institucionalidad reestructura el actual programa PEIB- MINEDUC, transformándolo en una UNIDAD específica, o una  Coordinación Nacional para la Educación Intercultural Bilingüe, que tenga por objeto dar seguimiento, participar de la implementación  la educción intercultural para todos y de la educación bilingüe intercultural para los pueblos Indígenas. Sus integrantes deben tener competencias bilingües e interculturales, y tendrán entre otros que dar seguimiento al proceso en la educación pre-escolar, básica, media (revisar textos escolares, programas de estudios, metodologías de enseñanza, entre otros).

La nueva institucionalidad intercultural bilingüe debe nacer con un programa de trabajo que contemple líneas prioritarias, entre ellas:

a)     Promover la creación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, según modelo de ley de derechos lingüísticos de los pueblos indígenas. Esta entidad proporcionara los insumos en materia de lenguas indígenas, pues tiene a cargo la normalización de las lenguas en la sociedad. Sus funciones están contenidas en el documento Modelo de ley de Derechos Lingüísticos.
b)     La coordinación con las universidades públicas del país para impulsar formación de profesores de pregrado con enfoque intercultural. Y creación de carreras para formar profesores de lenguas indígenas, y otras carreras interculturales (traductores en lenguas indígenas)
c)     La declaración de territorios bilingües y el establecimiento de políticas lingüísticas focalizadas en la zona con otras unidades administrativas (SEREMI, municipios, ONG, medios de comunicación, otros) incentivando el usos público de las lengua indígenas.
d)     Fortalecer la formación académica de los educadores tradicionales y a profesores que implementan el sector de lengua indígena (la dupla pedagógica de EIB). 
e)     Programa de Promoción de Educación Intercultural Bilingüe en el sistema Educativo a nivel nacional, que incorpore campañas en los Medios, capacitación en lenguas y culturas de los pueblos indígenas para sostenedores y directores de escuelas que implementan el SLI.
f)     Contratar a personas experta en materia de lengua y culturas indígenas, en el MINEDUC como en la SECREDUC, para asesorar  a los colegios que aplican la interculturalidad para todos, como los de la modalidad “bilingüe intercultural”   para los pueblos indígena.
g)     Fomentar la normalización de las lenguas indígenas, el establecimiento de sus gramáticas, diccionarios, escrituras. En el caso mapuche impulsar una convención general en conjunto con el movimiento por la revitalización del idioma, para de una vez definir grafemario con el que se escribirá la lengua
h)    Estudiar y definir un sistema de acreditación de los educadores tradicionales que certifique sus competencias lingüísticas culturales pedagógicas en coherencia con las culturas indígenas y el enfoque intercultural,  desechando el paradigma de evaluación nonocultural de “constatación de idoneidad  psicológica” y la exigencia de escolarización (cuarto medio) con el que hoy se pretende evaluar.
i)      Creación de normativa que permita mantener las lenguas vulneradas en aquellas regiones que aún mantienen a descendientes de estos pueblos originarios ( Yagán, Kawesqar, Lickan antay, Diaguita y Colla) que incentive la recuperación del patrimonio y de la lengua y la cultura de aquellos pueblos que son minoritarios actualmente, pero que en un momento ocuparon ese espacio territorial.
j)      Adoptar un marco metodológico de enseñanza de las lenguas indígenas, construido con los propios pueblos que recoja la pedagogía de los pueblos, en diálogo con las pedagogías de punta para la enseñanza de las lenguas, como lengua materna y segunda lengua, evitando adopción antojadiza de métodos de enseñanza aplicado para la enseñanza aprendizaje de las lenguas extranjeras.  
k)    Diseñar y coordinar con otros organismos (Universidades, CONICYT, y otros) políticas de investigación y de sistematización de los saberes de los pueblos indígenas, con participación indígena; superando la actual relación investigador-objeto de estudio.

En resumen se propone:

La creación de una unidad al interior del MINEDUC que implemente y coordine las políticas interculturales bilingües (la educación intercultural para todos los chilenos y bilingüe para los indígenas)
La nueva institucionalidad deberá contar con participación indígena en la toma de dediciones y contar con un programa nacional que oriente y de seguimiento a la implementación de la política bilingüe intercultural. Esta deberá ser dirigida por profesionales expertos instalados en cada una de las regiones y contar con los recursos necesarios para implementar el programa, antes señalado.

POR UNA NUEVA CONSTITUCION QUE INCORPORE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENA

RED DELPICH

redeibchile@gmail.com

24 jun 2013

Recuperando el Sentido del Wüñol Tripantü, Reflexión de Elisa Loncon.


Wüñol Tripantü o Wvñol Xipantv : Historia Presente y Futuro para los Pueblo Indígenas 

Por: Elisa Loncon


El festejo del Wüñol Tripantü es una fiesta con la naturaleza, con la familia y la comunidad. Se celebra la renovación de la vida, de la tierra, de los animales; toda la naturaleza vuele a renacer. Es una práctica milenaria que siempre ha estado en la memoria mapuche, aunque había sido sustituida por San Juan el Bautista, por efecto de la evangelización y de la colonización.

El reinicio del año parte con el solsticio de invierno, el 21 de junio en el hemisferio sur. En ese día los rayos caen directamente sobre el Trópico de Cáncer, por ello es más corto el día y la noche más larga. Las fiestas se realizan desde el 21 al 25 de junio. A partir de entonces el Sol, inicia su acercamiento hacia la tierra, día a día la noche se acorta y el día se alarga.
Los pueblos indígenas de Chile, desde el norte a Puerto Williams, se preparan para recibir un nuevo ciclo de vida junto a la madre tierra, se trata del Wüñol Tripantü (mapudungun), Inti raimi (quechua) Machaq mara (aymara).
En la cultura mapuche se dice que la tierra descansa en el otoño y que es purificada con las lluvias de entrada del invierno. Después de las lluvias, el sol permite los primeros brotes, las primeras flores, nacen los animales, viene la primavera, y la tierra continúa su ciclo natural al verano, otoño, para reiniciar en el otro invierno.

En esta celebración confluyen la cosmogonía, cosmovisión y valores de los pueblos, y que se caracteriza por:

a)      La unicidad del mundo y del universo, somos una parte del universo, lo seres humanos, todo cuanto existe conforman el universo.
b)     El sentido de pertenecía del ser humano a un colectivo, compuesto por hombres y mujeres en complementación. La complementación del hombre con la mujer, los vivos como los antepasados, la naturaleza con los seres que la habitan, lo terrenal con lo espiritual, todos son parte de lo que uno es, todos se necesitan.
c)      El sentido de reciprocidad de las relaciones humanas entre las personas y con la naturaleza, se recibe y se da, por eso también se debe agradecer y dar;
d)     El sentido cíclico del tiempo. El año vuelve a su inicio, la naturaleza vuelve a empezar; la vida es una constante renovación.
e)      La conexión del mundo visible con lo espiritual. No hay frontera entre lo real y lo imaginario; el acto de la materia y el alma; una profunda práctica espiritual en el que se basa el pensamiento indígena. La pertenencia del ser humano a una totalidad, conduce a la noción de la armonía entre el hombre y el mundo, al equilibrio entre las fuerzas naturales y a la posibilidad de escuchar la madre tierra, a un estado de paz y contemplación. Este modo de vida es tan profundo que nos remite a un mundo en constante movimiento, vida y conexiones entre todo lo que habita (material o espiritual).

Dicho lo anterior, es muy importante aclarar el nombre de la festividad. Se llama  Wüñol Tripantü (Wvñol Xipantv, Wvñoy Xipantv), con el verbo wüño- ‘regresar, volver’ y no we tripantü, este último es un calco semántico del concepto ‘año nuevo’ de la cultura no mapuche. Hay una diferencia profunda entre conceptos, Wüñol Tripantü, ‘regreso del año’,  corresponde al reinicio de un ciclo, we tripantü, lleva implícito el tiempo lineal, donde un año nuevo deja atrás a uno viejo, que se va y no vuelve. El tiempo indígena es cíclico, no lineal. El cambio de nombre no es una simple casualidad, sino producto de un fenómeno conocido como aculturación lingüística, la lengua dominante modifica la morfología, sintaxis, y contenidos semánticos de la lengua dominada, en este caso se cambia el contenido y el nombre de la celebración.

La recuperación de la memoria del Wüñol Tripantü

La recuperación pública del wüñol tripantü viene de 1985, cuando un grupo de jóvenes mapuche integrantes del Taller de Teatro Mapuche del AD-MAPU, dedicados a la investigación y difusión de su cultura, manifestaron su inquietud por saber por qué todos festejaban el 24 de junio. Investigaron y llegaron a la fuente de la memoria, cuando un kimche ‘sabio’ les explicó las razones de esta celebración; les dijo que no era el festejo de San Juan, sino el wüñol tripantü. El anciano además contextualizó la historia en el calendario agrícola mapuche, en la cosmovisión del pueblo y en la historia; su claridad permitió conectar todas las historias reunidas por el grupo y de allí, una voz de marichi wew, volvió a propagarse por todo el wallmapu anunciando el Wüñol Tripantü, y que hoy se propaga por el chilemapu, también  lo celebran  históricamente, los pueblos Aymara, Quechua, Lickan antay.

La primera celebración pública se hizo en Temuco el 23 de junio 1985, en este evento participaron estudiantes, jóvenes mapuche, dirigentes junto a los grandes sabios de entonces, como lo fue lamngen Anselmo Rangileo, dirigentes como José Luís Huilcaman, Santos Millao, y otros. Hoy, el paso de la ceremonia de Wüñol Tripantü de lo privado y familiar a lo público, ha ayudado a fortalecer la cultura mapuche en los espacios públicos, ha permitido que se declare el 24 de Junio como Día nacional de los pueblos indígenas (1998). También la actividad se celebre más allá de las comunidades, en las escuelas, los municipios, las universidades, los jardines, en las organizaciones; y lo más importante ha permitido visibilizar la cultura como una práctica del presente, no del pasado, del museo, ni del folclore.

El valor del Wüñoy Tripantü

El evento es muy importante para los pueblos indígenas y también para dar cuenta de la diversidad cultural existente en el país. Para promover el valor de las raíces, del legado de los antepasados. Nos recuerda nuestro origen espiritual, nuestra relación con la madre tierra. Si algo tienen las cultura indígenas, además de su legado de lucha, de sus lenguas, culturas, es la espiritualidad, un lenguaje de lo sagrado, de la tierra, que da sustento a su historia, presente y futuro.

Por otro lado, aunque esta raíz es negada por la sociedad no indígena; quienes han podido apreciarla, han hecho de ella su fuente de inspiración. No sería antojadizo señalar que las raíces de la poesía chilena, la de Neruda, Mistral, Tellier y otros recogen la espiritualidad, la palabra y la memoria de los pueblos indígenas.

La celebración también fortalece el diálogo intercultural entre los pueblos y culturas. Sin dudas, celebrar el Wüñol Tripantü rompe el paradigma del tiempo de la cultura no mapuche, pero no solo eso, nos muestra otra concepción del ser humano y que es posible, un ser colectivo, que pertenece a un todo, que no está solo, sino forma parte de una red que se llama mundo, tierra, cosmo, unido a todo cuanto existe, físicamente y espiritualmente, de un mundo en continuo movimiento. El mundo occidental y su pensamiento en crisis han perdido el equilibrio y relación con la naturaleza y su espiritualidad. Potencia el valor de la diversidad amplía la mirada, le da sentido a la convivencia entre distintos. Le da valor a la forma de vida de los pueblos, no por su carácter “exótico” sino por su valor estético y su mensaje esperanzador armonioso con la naturaleza.

Por otro lado, con la celebración de esta fecha por parte de los pueblos, se está mostrando que estos no necesitan oportunidades; sino que tienen y demandan derechos, individuales y colectivos, como son las lenguas, territorios y estructuras colectivas y comunitarias de organización.

La renovación de un nuevo ciclo, es una oportunidad más para mejorar, mejorarnos y equilibrarnos con la madre tierra.

Es tiempo de renovación, no solo de nuestras vidas, sino de la renovación del compromiso con la comunidad, la sociedad y con la madre tierra:

  • - Se renueva nuestra convicción por la defensa de los recursos naturales y energéticos, el agua y la tierra;
  • - El reconocimiento de las lenguas indígenas como lenguas nacionales y co-oficiales con el español
  • - Educación Bilingüe Intercultural para los pueblos indígenas e intercultural para todos los chilenos.
  • - La lucha por una Nueva Constitución, que reconozca a los pueblos y sus derechos colectivos. Por un Estado plurinacional con nuevo modelo de sociedad que asuma las múltiples nacionalidades, culturas, lenguas, religiones, formas de espiritualidad.
  • - El ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, como la autonomía y autodeterminación de los pueblos, al uso del territorio, de los saberes y valores de los pueblos
  • - La libertad para los pueblos, como la liberación de los presos políticos por la causa mapuche. En especial libertad para nuestras machi.
  • - La búsqueda de una nueva ética social alternativa a la del mercado que no siga depredando la naturaleza.



KÜME KOMPAPE IÑ WÜÑOL TRIPANTÜ. MARICHI WEW!

Fotografía : "Palin" en Flickr con licencia CC compartida por  Shorizo izo

23 jun 2013

Legalización del Mapudungun: "Por amor a nuestro idioma estamos avanzando en la valoración del mapudungun’



El día 15 de junio un grupo de 50 dirigentes reunidos en Galvarino, reafirmaron una vez más su decisión de legalizar el mapudungun. Son muchas las razones que se conjugan en esta gran tarea, entre ella se sostuvo “Tenemos que legalizar nuestra lengua para la valoración a nuestra cultura y amor a nosotros mismos, Ngünechen nos dejó un idioma para comunicarnos y nos dejó en esta tierra para cuidarla. - Mis palabras en el ngillatun van en mapudungun, así las escuchan nuestros ngen.  La machi dijo, - a veces me ha tocado resistir sola la defensa a mi idioma y cultura,  pero una machi no está sola, tiene su gente, su newen,  y con ellos, todos debemos defender el idioma…

Así con estas palabras, en la comuna de Galvarino se teje una nueva historia para el mapudungun,  pronto esperan legalizar el uso del mapudungun como lengua co-oficial con el castellano.

En la comuna los mapuche son mayoría, alcanzan el 70% de la población, de ellos el 60% habla el idioma, incluido Alcalde que es hablante nativo, quien además cuenta con el respaldo de las autoridades originarias, longko, machi, werken.

Los dirigentes de Las comunidades han realizado todo un trabajo de base promoviendo la idea de legalización del idioma, y las bases están entusiasmadas, aunque todavía hay sectores que no quieren liberarse  de la autonegación, y han dicho ¿De qué sirve el mapudungun, si es una lengua del pasado? - No hay que olvidar que este razonamiento reproduce la dominación cultural.  Por eso piensan que, la legalización no solo debe ser un tema para los mapuche, sino una política comunal, que fomente la lealtad lingüística de los hablantes y sensibilice a los no indígenas del valor de la diversidad.

La Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos viene apoyando la reflexión comunitaria en torno a la legalización del mapudungun desde Febrero 2013.  Ya se han realizado varias reuniones conjuntas  para tejer, dar contenidos y forma a la propuesta en conjunto con los dirigentes de la zona.
Así, Piwkeyewün dungu mu amuley iñ faliwtual iñ mapudungun; ‘por amor a nuestro idioma estamos avanzando en la valoración del mapudungun’

La legalización del idioma mapuche en Galvarino es un microrevolución que nace desde abajo, del pewma ‘sueños’, de la memoria, del kimün ‘sabiduría’,  del sentimiento de los hablantes.

Más imágenes del Encuentro.






19 jun 2013

Modelo de ley general de derechos lingüísticos de los pueblos indígenas de Chile




MODELO DE LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE CHILE

DOCUMENTO PARA LA DISCUSIÓN EN LOS PUEBLOS INDÍGENAS.

CAPITULO I: PRINCIPIOS Y DEFINICIONES

Artículo 1°, Objeto.

La presente Ley tiene por objeto reconocer, proteger y garantizar los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos Indígenas en Chile, así como la promoción del uso y desarrollo de sus lenguas.

Artículo 2º. De la pluriculturalidad del país y su reconocimiento.

La ley reconoce que la sociedad chilena es pluricultural y plurilingüe, rasgos constitutivos que se han mantenido desde sus orígenes. El cultivo de la diversidad lingüístico cultural pertenece a los lineamientos de las políticas educativas, culturales y lingüísticas recomendadas por las Naciones Unidas, e inserta en la política pública nacional, por medio de la Ley General de Educación (LGE)que incorpora la educación intercultural bilingüe, y se vincula al derecho internacional de los derechos humanos de los pueblos indígenas, por medio del Convenio 169 de la OIT, vigente en Chile, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Se reconoce el carácter bilingüe de los pueblos indígenas; por cuanto promueve el conocimiento de la lengua indígena de los pueblos respectivos, así como el acceso equitativo al castellano como lengua de comunicación intercultural entre los pueblos.
La presente ley tiene entre otros objetivos, operacionalizar las obligaciones derivadas del convenio 169 de la OIT respecto a la protección y desarrollo de los derechos de los pueblos indígenas en materias de lenguas, conocimientos y valores, culturas y educación, proyectando el bilingüismo en lengua indígena y el castellano como base para el desarrollo de estos pueblos.

El Estado chileno, en concordancia con los instrumentos internacionales, velará por la promoción y desarrollo de las lenguas y culturas indígenas, y por la mantención del patrimonio cultural inmaterial de los Pueblos, por ser parte esencial del patrimonio cultural del país. Por ende, apoyará a los hablantes de dichas lenguas en sus esfuerzos para asegurar su uso, en todos los espacios y funciones públicas.

Artículo 3°. Son lenguas de los Pueblos Indígenas aquellas lenguas preexistentes al Estado chileno, presentes en el territorio y que se reconocen por poseer sus gramáticas específicas y un conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de comunicación. Las lenguas indígenas son dispositivos activos de las respectivas culturas, de las identidades específicas de los pueblos y de sus miembros, de la memoria histórica, de los valores y conocimientos propios. Estás acompañan la creatividad de las personas y de sus comunidades, y con ellas los pueblos respectivos proyectan su futuro.

Artículo 4°. El Estado reconoce como lenguas de los Pueblos Indígenas a la lengua de los pueblos Aymara, Quechua, Mapuche; Rapa Nui, Lickan Antay, Kaweskar, Selknam, Yagan, Diaguita Colla, en la formas y fonéticas que estos pueblos determinen. En caso de que la lengua se encuentre en estado
de invisivilización, los descendientes del pueblo al que pertenece esa lengua tendrán el derecho de establecer los mecanismos para su revitalización.

Artículo 5°. El Estado mediante políticas públicas de revitalización y normalización lingüística otorgará especial protección y fomentará el desarrollo a las lenguas indígenas con hablantes activos, como así mismo, a las lenguas vulneradas. Se entiende por lengua vulnerada, aquellas lenguas que ya han perdido su gramática sin dejar registros como el caso de la lengua del pueblo Likan antay, y aquellas que pese a conservar algunos registros han perdido a sus hablantes, como es el caso de la lengua Kaweskar, el Selknam, y el Yagan.

Artículo 6°. Los pueblos y comunidades que manifiesten interés por la recuperación de sus lenguas, cuyo uso perdieron en tiempo atrás, y que inicien procesos endógenos de recuperación, recibirán el apoyo del Estado, si se dan condiciones de viabilidad y de compromiso colectivo para dicha recuperación, las que deberán ser evaluadas por los propios pueblos interesados en conjunto con un equipo técnico pertinente que deberá constituirse para esos efectos. En todo caso, los pueblos interesados tendrán siempre el derecho de iniciar procesos endógenos de revitalización de sus lenguas
como parte del derecho a la libre determinación que les asisten.


Artículo 7°. Todas las lenguas indígenas que se reconozcan en los términos de la presente Ley, junto con el castellano serán reconocidas como lenguas nacionales, por su origen histórico, y tendrán la misma validez jurídica, institucional, social, pública en sus territorios, comunidades y contexto en que se hablen.

Artículo 8º. Las lenguas indígenas serán válidas, al igual que el castellano, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública. Al Estado le corresponde garantizar el ejercicio de los derechos previstos en este artículo, conforme a lo siguiente:

a).- El Estado en consulta con las organizaciones, determinarán cuáles de sus dependencias administrativas de las lenguas adoptarán, e instrumentará medidas progresivas para que las instancias requeridas puedan atender y resolver los asuntos que se les planteen en lenguas indígenas.

b).- En todos los municipios se adoptarán e instrumentarán siempre las medidas a que se refiere el párrafo anterior, en todas sus reparticiones. Las instituciones tendrán disponibles, y difundirán a través de textos, medios audiovisuales e informáticos: leyes, reglamentos, así como los contenidos de los programas, obras, servicios dirigidos a las comunidades indígenas, en la lengua de sus correspondientes beneficiarios.

c) Las trasgresiones a las disposiciones de esta ley o los actos arbitrarios o ilegales referidos a lo mismo, estarán provistos de la acción de protección conforme a lo que establece el artículo 20 de la Constitución Política del Estado en lo que sea pertinente, sin perjuicio de las demás acciones que establece el ordenamiento jurídico.


CAPITULO II

DE LOS DERECHOS LINGÜÍSTICOS

Artículo 9°. Se reconocen como derechos lingüísticos los derechos colectivos e individuales de una comunidad lingüística, de los pueblos indígenas de Chile y de las personas tales como:

a). El derecho a comunicarse en la lengua de la que se es hablante, sin restricciones en el ámbito público o privado, en forma oral y/o escrita, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales,
religiosas y en procedimientos judiciales y administrativos, y cualesquiera otras.

b). El derecho de los descendientes de un pueblo indígena a aprender y adquirir la lengua de sus padres, abuelos o antepasados pertenecientes al pueblo indígena del país, cualquiera sea.

c). El derecho a conservar y a proteger los nombres de personas y lugares en lenguas indígenas, y, en general, los nombres propios en esas lenguas. Sobre la protección de las denominaciones, se hace imprescindible el derecho a conservar el nombre cultural y patrimonial y de significado de los espacios y territorios.

d). El derecho a la no discriminación por razones lingüísticas en áreas como el trabajo, la seguridad
social, la salud, la vida familiar, la educación, la vida cultural y la libertad de expresión;

e). El derecho a ser consultados respecto a toda medida que se pretenda implementar en materia de lenguas, conocimientos y valores y culturas originarias. La consulta será conforme a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT.

f). El derecho de los pueblos, comunidades y personas hablantes de sus lenguas a participar en y a
representar sus lenguas, culturas y pueblos ante cualquier órgano del Estado, sea organismo de carácter
púbico o privado.

Artículo 10°. El Estado a través de sus diversas instituciones, reconocerá, protegerá y promoverá la preservación, desarrollo y uso de las lenguas indígenas nacionales.

Artículo 11°. El Estado garantizará el derecho de los pueblos y de sus comunidades el acceso a la jurisdicción del Estado en la lengua indígena nacional de que sean hablantes. Para garantizar ese derecho, en todos los juicios y procedimientos en que sean partes los miembros o comunidades originarias, individual o colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales conforme a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT. Lo mismo, deberá proveerse de traductores o facilitadores en los juicios en que sean partes miembros de pueblos originarios, cualquiera sea la naturaleza de ella.

ARTÍCULO 12°. Las autoridades educativas y sostenedores o administradores de escuela, conforme al reconocimiento de los derechos lingüísticos de los pueblos, garantizarán que las niñas y niños y jóvenes indígenas a que tengan acceso a la educación obligatoria, bilingüe e intercultural, y adoptarán las medidas necesarias para que en el sistema educativo se asegure el respeto a la dignidad e identidad de las personas, independientemente de su lengua. Asimismo, en los niveles medio y superior, se fomentará la interculturalidad, el multilingüismo y el respeto a la diversidad cultural.

ARTICULO 13°: Todas las instituciones públicas y privadas, así como las personas están obligadas a respetar los derechos lingüísticos de las comunidades y personas miembros de los pueblos indígenas. Las instituciones tendrán que implementar las políticas de revitalización lingüística que el Estado decida para los pueblos, previa consulta a las organizaciones indígenas. Estas políticas garantizarán la debida protección de las lenguas y de los derechos lingüísticos en la sociedad chilena a través de la educación, la información, los medios de comunicación, la investigación y el uso público de las lenguas.

La protección de las lenguas incluye la debida protección de los conocimientos tradicionales y saberes de los pueblos indígenas, nombres de lugares y de personas y otros derivados de las lenguas respectivas, los que no podrán ser patentados por entidades o personas privadas, sin consentimiento de las comunidades. En caso de que la organización indígena decida su patentación, los recursos que
ingresen por tal derecho deberán ir en beneficio del Instituto de Lenguas Indígenas, creado por esta Ley, o de las academias de lenguas indígenas u otra entidad indígena que tenga por objeto la promoción de las lenguas, de los conocimientos y valores de los pueblos.

La Ley sancionará la apropiación indebida de propiedad intelectual de los conocimientos indígenas en su expresión verbal, escrita y gráfica. Así también se sancionará la discriminación a las personas por su condición indígena, como la manipulación de la imagen de las personas, comunidades y pueblos en los medios de comunicación.

Las inobservancias de la presente ley serán de competencia de los juzgados de policía local, quien previa denuncia o querella por particulares, sancionará a dicho establecimiento con multas de hasta 500 UF a beneficio de la Academia o Institutos de lenguas indígenas, las que en todo caso podrán duplicarse en caso de reincidencia. El ejercicio de la acción infraccional, no opta a que se ejercite otra acción legal conforme a la ley.



III. SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS DERECHOS LINGÜISTICOS

Artículo 14°. Corresponde al Estado y a sus instituciones la creación de entidades públicas y de acciones en sus respectivos ámbitos de competencia, para lograr los objetivos generales de la presente Ley, y en particular los siguientes:

a). Incorporar las lenguas nacionales de los pueblos indígenas en los planes y programas de estudios de la educación general básica, media y superior.

b). Formar profesionales bilingües en los diferentes campos y disciplinas, entre ellos crear programas de formación de profesionales bilingües, e iniciativas de inmersión en las lenguas, tales como pasantías en
comunidades hablantes. Del mismo modo facilitar estudios a quienes hablan lenguas originarias.

c). Impulsar política de difusión de las lenguas nacionales y culturas indígenas en los medios masivos de comunicación, entre ellos propiciar la creación y existencia permanente de programas infantiles, educativos, culturales, de promoción social de las lenguas nacionales y las culturas indígenas.

d). Integrar las lenguas indígenas en las políticas culturales y editoriales de sus competencias en los
diferentes órganos administrativos del Estado. Favorecer la creación de materiales de difusión en lenguas indígenas y establecer que las carreras interculturales incorporen la educación bilingüe.

e). Incorporar a los hablantes de lenguas indígenas en la toma de decisión en políticas de normalización del uso de sus lenguas y normativización de las lenguas respectivas.

f). Garantizar que las instituciones públicas cuenten con personal bilingües para la atención a las comunidades bilingües

g). Apoyar las iniciativas de organizaciones sociales, sociedad civil e instituciones tendientes al desarrollo de las lenguas y las culturas de los pueblos.

h). Supervisar que el sistema público y privado de la educación, fomente la educación intercultural para todos y el multilingüismo en la sociedad chilena en su conjunto, sin el desmedro de ninguna lengua nacional y extrajera.


Capítulo IV DEL INSTITUTO DE NACIONAL DE LENGUAS INDIGENAS

ARTÍCULO 15. Créase el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, como organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado en el Ministerio de Educación con el fin de promover el fortalecimiento, preservación y desarrollo de las lenguas Indígenas de Chile, de los conocimientos y valores de los pueblos, y como parte del disfrute de la riqueza cultural de la Nación. Esta entidad asesorará a las instituciones públicas y privadas en las políticas públicas de desarrollo de las lenguas nacionales.

El Instituto tendrá las siguientes características y atribuciones:

a) Diseñar estrategias e instrumentos para el desarrollo de las lenguas indígenas nacionales, en coordinación con los ministerios y los pueblos y comunidades originarias.

b) Desarrollar iniciativas, programas, proyectos y acciones para la revitalización de las lenguas y culturas Indígenas y para el diálogo intercultural con la diversidad cultural de país.

c)Ampliar el ámbito social y público de uso de las lenguas indígenas nacionales a nuevos espacios sociales, fomentar el valor y el aprecio por las lenguas nacionales. Principalmente, relevar el estatus de las lenguas indígenas en el ámbito educativo y en los medios de comunicación.

d) Establecer la normatividad y formular programas para certificar y acreditar a técnicos, intérpretes, traductores y profesionales bilingües.

e) Coordinar esfuerzos con entidades académicas de formación, para impulsar la formación de recursos humanos bilingües y especialistas en materias de lenguas indígenas, a
nivel de pregrado y posgrado, como programas de licenciatura, diplomados y cursos de especialización, actualización y capacitación.

f) Apoyar los esfuerzos que realizan las academias de las lenguas indígenas, organizaciones culturales, colectivos, comité lingüísticos, institutos de culturas y la sociedad civil organizada en torno a la revitalización de las lenguas.

g) Celebrar convenios con entidades estatales o privadas nacionales y de cooperación internacional, para la promoción de las lenguas originarias.

h) Impulsar lineamientos de política de planificación del estatus y corpus de las lenguas nacionales, entre ellos la fijación de gramáticas, la creación de inventarios léxicos, la estandarización de las lenguas.

i) Proteger los conocimientos, valores tradicionales de los pueblos indígenas en su expresión verbal, escrita y gráfica.

j) Establecer programas operativos de implementación de los derechos lingüísticos como son las políticas lingüísticas con la participación de los pueblos indígenas, la formación de intérpretes en lenguas indígenas, la normalización de las lenguas y otras acciones derivadas, como la normativa que
permitirá la aplicación de esta ley.

k) Certificar el correcto uso público de los nombres de lugares en lenguas indígenas y cualquier uso público escrito y oral de las lenguas, en coordinación con la Academias de lenguas indígenas.

l) Establecer mecanismos de observancia de la aplicación de los derechos lingüísticos en las instituciones públicas, así como coordinarse con los privados para los mismos propósitos.
Establecer indicadores de aplicación de derechos lingüístico y que considere de manera especial la participación con contenidos de los hablantes en las instituciones públicas y en el terreno.

Artículo 16°. El financiamiento del Instituto Nacional de Lenguas indígenas. Se financiará con el erario público que deberá disponer de los recursos económicos del presupuesto nacional anual para el funcionamiento del instituto.

Artículo 17°. La administración del Instituto Nacional de Lenguas indígenas estará a cargo de un Consejo Nacional, compuesto por un representante del Ministerio de Educación, del Fondo de Cultura, y un Director General responsable directo del funcionamiento del Instituto, más un Consejo de hablantes, en el que estén representadas las respectivas lenguas originarias.

El Director del Instituto será elegido por el Presidente de la República, previa terna propuesta por el Consejo del Instituto. La terna será seleccionada por concurso público, conforme al currículum vitae del participante, quien deberá acreditar la condición de hablante de una lengua indígena, experiencia de trabajo en la lengua indígena y con comunidades indígenas, reconocimiento y prestigio profesional
y académico, así también el apoyo de las organizaciones indígenas. El mandato del director tendrá una duración de 6 años.

Los miembros del Consejo serán propuestos por los pueblos indígenas con respaldo de su organización, lo conformarán una persona por lengua indígena.

El domicilio legal del Instituto será la Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, por ser el espacio de convivencia de todas las lenguas originarias.

ARTÍCULO 18°. Las normas de funcionamiento del instituto se establecerán en reglamento de la presente ley, previa consulta establecida en el Artículo 6º, del Convenio 169 de la OIT. Así como su estructura administrativa y operativa, sus facultades y reglas de ejecución del órgano de dirección
del instituto.

El directorio del Instituto se reunirá cada seis meses de manera ordinaria, y de manera extraordinaria cuando sea convocado por el Director; se integrará por la mayoría de sus integrantes, y sus decisiones se adoptarán con la mayoría de los presentes.

ARTÍCULO 19°. El patrimonio del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas se integrará con los bienes que enseguida se enumeran:

I. La cantidad que anualmente que se asigne en el presupuesto nacional;
II. Con los productos que adquieran por las obras que realice y por la venta de sus publicaciones,
III.Los que adquiera por herencia, legados, donaciones o por cualquier otro título de personas o de instituciones públicas o privadas.
IV. Los que deriven de las multas y sanciones establecidas en la presente ley.
V. Los que ingresen por concepto de derechos de propiedad intelectual.

ARTÍCULO 20°.- Las relaciones laborales del Instituto Nacional de Lenguas indígenas y sus trabajadores se regirán por la Ley de servicio público.